
Advertencia: Probablemente voy a ridiculizar a algunas personas transcribiendo mis aventuras del día de hoy, pero les aseguro que no voy a inventar ni una coma. Si a ti no te gustan este tipo de artículos en los que mediocres como yo le hacen mala fama al país por andar balconeando en internet los pésimos servicios públicos que tenemos en México, mejor no sigas leyendo. Es más, te invito a que te des una vuelta en Foxilandia donde nada está mal y todo es optimismo y buenas noticias. Si por el contrario, te interesa saber qué hacer en el caso de que te llegues a enfermar un día sin que te chamaquee el Seguro Social, sigue adelante.
Al Seguro Social hay que avisarle siempre. Por ejemplo, a una tía mía muy querida le están negando la pensión de viudez porque a mi tío, que en paz descanse, no se le ocurrió avisarle al Seguro Social por adelantado cuándo se iba a morir. Pero esa es otra historia que luego les contaré. En mi caso, como sabrán si han leído este blog en la última semana, se me ocurrió internarme de urgencia en un hospital sin tener la precaución de avisarle por adelantado al Instituto Mexicano del Seguro Social.
Ahora bien, el Instituto Mexicano del Seguro Social no es tan irresponsable y poco previsor como yo: gracias a Dios, nuestros Senadores y Diputados trabajan para que vivamos mejor y previeron oportunamente estos casos de excepción. Por ello le dieron al IMSS la facultad de dar seguimiento a estas situaciones mediante unos visitadores que se encargan de ir al hospital en caso de que se te haya olvidado avisar con tiempo, para que puedan dar fe de que te efectivamente te operaron. Nada más que necesitas saber que los visitadores existen y tienes que solicitar expresamente que te vayan a ver antes de que te den de alta, porque si no nadie les va a avisar. Y si no te operaron en un hospital del Sector Salud, ésto lo tienes que solicitar a través de algún familiar en la clínica del IMSS más cercana al hospital donde te operaron.
Si te dan de alta del hospital y de todas formas no les avisaste, entonces todavía tienes otra opción, para que veas que piensan en todo: tienes 72 horas a partir de la fecha de tu operación para ir personalmente al médico familiar de la clínica que te corresponde para que te extienda la incapacidad. Nadie puede hacer el trámite por ti, tienes que ir en persona para que te revisen. Así es como funciona, así que ahora ya lo saben: si quieres evitarte problemas preséntate a tiempo aunque te duela hasta el alma y tengas que ir en camilla o silla de ruedas. Ahora que si ni con tantas facilidades le avisaste al Seguro Social que te tuvieron que operar, ahi ya no se puede hacer nada. Es tu culpa por ser tan indolente y dejar todo al último.
Ahora les voy a contar lo que pasó en mi caso. Desafortunadamente, como fui tan inconsciente como para evitar salir a la calle con este frío hasta que no me quitaran los puntos, no me presenté al Seguro Social sino hasta el día de ayer. El médico familiar me explicó que estaba metido en un problema por no haber ido antes, me extendió incapacidad por tres días (miércoles, jueves y viernes), me dio cita para el lunes para ver si me la refrendan y me dijo que tenía que resolver lo de las incapacidades de la semana pasada en la Dirección de medicina familiar de la clínica.
Pero como por alguna razón que desconozco la Directora del hospital no labora por la tarde, me dijeron que regresara hoy por la mañana para solicitar cita con ella. Cosa que hice hoy a primera hora, pero ya en la oficina, su asistente no sólo me negó cualquier tipo de posibilidad de verla. De hecho me dijo claramente: la directora no lo va a recibir a usted porque no tiene tiempo para andarlo perdiendo en estas cosas, y posteriormente y con toda amabilidad me dijo:
-Ni se esfuerce, señor: su reclamo procede de acuerdo a los artículos 117 y 131 de la Ley del Seguro Social, la cual fue publicada en el Diario Oficial en diciembre de 2007 y entró en vigor a partir del primero de enero de este año y por lo tanto es la ley vigente que actualmente tenemos a el día de ahora. Pero si quiere perder su tiempo de todas formas puede hacer un oficio dirigido a la Dirección de Medicina Familiar de esta clínica explicando su caso con copias de su expediente para que nosotros lo turnemos a Toluca a revisión y para que de ahí le manden por escrito a su casa en tres meses su carta de no procedencia. Y es que la ley dice con toda claridad que no se le puede dar retroactividad más que por dos días antes de dar aviso al seguro Social y usted ya dejó pasar toda una semana... ¿cómo puede ser tan irresponsable? tenía que venir luego luego.
- Si ¿verdad? Ni modo, lo que es no saber. Oiga, entonces de verdad ¿la ley dice que me pueden dar retroactividad nada más por dos días?
- Así es. Sólo dos días. La ley es la Ley y lo dice claramente y se la enseñaría en este preciso instante pero fíjese que me las chicas de la tarde me la traspapelaron y no la encuentro por ningún lado.
- No se preocupe. Nomás estaba pensando que como vine el día de ayer a dar aviso me gustaría que me hicieran retroactiva mi incapacidad por los dos días que marca la ley, o sea que me den también la del lunes y martes.
En este momento cambió la risita socarrona y la cara condescendiente por una profunda mirada de odio y de desprecio.
-Pues entonces tiene que pasar al piso de arriba para hablar con el supervisor para que le haga el documento.
-Muchas gracias, eso haré.
El Supervisor me recibió pero me dijo simplemente: "La retroactividad no existe, no sé quién le dijo eso pero si lo mandan de Dirección pues pregúntele a su Médico Familiar en la tarde a ver si le quiere dar la incapacidad de Lunes y Martes".
Así que ahora estoy en mi casa, acabo de bajar de la página de la Cámara de Diputados el texto vigente de la Ley del Seguro Social
y me estoy enterando de que esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, y también de que su reforma más reciente fue publicada en el Diario Oficial el 11 de agosto de 2006. Bueno, eso dicen los diputados, pero ultimadamente ¿quién va a saber más de Reformas a las Leyes Federales, la Cámara de Diputados o una asistente sindicalizada de la Dirección de Medicina Familiar de una clínica del IMSS? Además resulta que los Diputados ni siquiera se saben la Ley, de acuerdo a lo que me dijo esta persona con tanta autoridad y conocimiento de causa. Miren los artículos que me mencionó:
Ahora bien, el Instituto Mexicano del Seguro Social no es tan irresponsable y poco previsor como yo: gracias a Dios, nuestros Senadores y Diputados trabajan para que vivamos mejor y previeron oportunamente estos casos de excepción. Por ello le dieron al IMSS la facultad de dar seguimiento a estas situaciones mediante unos visitadores que se encargan de ir al hospital en caso de que se te haya olvidado avisar con tiempo, para que puedan dar fe de que te efectivamente te operaron. Nada más que necesitas saber que los visitadores existen y tienes que solicitar expresamente que te vayan a ver antes de que te den de alta, porque si no nadie les va a avisar. Y si no te operaron en un hospital del Sector Salud, ésto lo tienes que solicitar a través de algún familiar en la clínica del IMSS más cercana al hospital donde te operaron.
Si te dan de alta del hospital y de todas formas no les avisaste, entonces todavía tienes otra opción, para que veas que piensan en todo: tienes 72 horas a partir de la fecha de tu operación para ir personalmente al médico familiar de la clínica que te corresponde para que te extienda la incapacidad. Nadie puede hacer el trámite por ti, tienes que ir en persona para que te revisen. Así es como funciona, así que ahora ya lo saben: si quieres evitarte problemas preséntate a tiempo aunque te duela hasta el alma y tengas que ir en camilla o silla de ruedas. Ahora que si ni con tantas facilidades le avisaste al Seguro Social que te tuvieron que operar, ahi ya no se puede hacer nada. Es tu culpa por ser tan indolente y dejar todo al último.
Ahora les voy a contar lo que pasó en mi caso. Desafortunadamente, como fui tan inconsciente como para evitar salir a la calle con este frío hasta que no me quitaran los puntos, no me presenté al Seguro Social sino hasta el día de ayer. El médico familiar me explicó que estaba metido en un problema por no haber ido antes, me extendió incapacidad por tres días (miércoles, jueves y viernes), me dio cita para el lunes para ver si me la refrendan y me dijo que tenía que resolver lo de las incapacidades de la semana pasada en la Dirección de medicina familiar de la clínica.
Pero como por alguna razón que desconozco la Directora del hospital no labora por la tarde, me dijeron que regresara hoy por la mañana para solicitar cita con ella. Cosa que hice hoy a primera hora, pero ya en la oficina, su asistente no sólo me negó cualquier tipo de posibilidad de verla. De hecho me dijo claramente: la directora no lo va a recibir a usted porque no tiene tiempo para andarlo perdiendo en estas cosas, y posteriormente y con toda amabilidad me dijo:
-Ni se esfuerce, señor: su reclamo procede de acuerdo a los artículos 117 y 131 de la Ley del Seguro Social, la cual fue publicada en el Diario Oficial en diciembre de 2007 y entró en vigor a partir del primero de enero de este año y por lo tanto es la ley vigente que actualmente tenemos a el día de ahora. Pero si quiere perder su tiempo de todas formas puede hacer un oficio dirigido a la Dirección de Medicina Familiar de esta clínica explicando su caso con copias de su expediente para que nosotros lo turnemos a Toluca a revisión y para que de ahí le manden por escrito a su casa en tres meses su carta de no procedencia. Y es que la ley dice con toda claridad que no se le puede dar retroactividad más que por dos días antes de dar aviso al seguro Social y usted ya dejó pasar toda una semana... ¿cómo puede ser tan irresponsable? tenía que venir luego luego.
- Si ¿verdad? Ni modo, lo que es no saber. Oiga, entonces de verdad ¿la ley dice que me pueden dar retroactividad nada más por dos días?
- Así es. Sólo dos días. La ley es la Ley y lo dice claramente y se la enseñaría en este preciso instante pero fíjese que me las chicas de la tarde me la traspapelaron y no la encuentro por ningún lado.
- No se preocupe. Nomás estaba pensando que como vine el día de ayer a dar aviso me gustaría que me hicieran retroactiva mi incapacidad por los dos días que marca la ley, o sea que me den también la del lunes y martes.
En este momento cambió la risita socarrona y la cara condescendiente por una profunda mirada de odio y de desprecio.
-Pues entonces tiene que pasar al piso de arriba para hablar con el supervisor para que le haga el documento.
-Muchas gracias, eso haré.
El Supervisor me recibió pero me dijo simplemente: "La retroactividad no existe, no sé quién le dijo eso pero si lo mandan de Dirección pues pregúntele a su Médico Familiar en la tarde a ver si le quiere dar la incapacidad de Lunes y Martes".
Así que ahora estoy en mi casa, acabo de bajar de la página de la Cámara de Diputados el texto vigente de la Ley del Seguro Social
Artículo 117. Cuando cualquier pensionado traslade su domicilio al extranjero, podrá continuar recibiendo su pensión mientras dure su ausencia, conforme a lo dispuesto por convenio internacional, o que los gastos administrativos de traslado de los fondos corran por cuenta del pensionado. Esta disposición será aplicable a los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.No pos así sí está clarísimo que de acuerdo a estos artículos es completamente improcedente mi solicitud, ¿verdad?. De todas maneras, creo que voy a mandar el documento que me pidieron y por si las dudas encontré algunos artículos interesantes en esta "ley espuria" que subieron los Diputados a Internet:
Artículo 131. La pensión de viudez será igual al noventa por ciento de la que hubiera correspondido al asegurado en el caso de invalidez o de la que venía disfrutando el pensionado por este supuesto.
Artículo 263. El Consejo Técnico es el órgano de gobierno, representante legal y el administrador del Instituto y estará integrado hasta por doce miembros, correspondiendo designar cuatro de ellos a los representantes patronales en la Asamblea General, cuatro a los representantes de los trabajadores y cuatro a los representantes del Estado, con sus respectivos suplentes y el Ejecutivo Federal cuando lo estime conveniente, podrá disminuir a la mitad la representación estatal. [...]O sea que si me siguen dando atole con el dedo en mi clínica después de mandarles mi solicitud, no sólo tengo derecho a quejarme, sino que si le mando mi queja por correo electrónico junto con mi expediente al Consejo Técnico no sólo están obligados a recibirla en ese formato sino que debería ser suficiente pa que me pelen, porque tienen la facultad para resolver sobre mi caso, ¿no? Y si me mandan a la goma aún así tengo derecho a irme a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Pero en fin, voy a ir paso a pasito y a ver en qué acaba este relajo. Así que ya saben, moraleja: si se enferman, avísenle lo más pronto posible al Seguro Social y evítense estos problemas. Aunque sea un trato claramente inhumano, les duela mucho y corran el riesgo de enfermarse de otra cosa por traer las defensas bajas.
Artículo 264. El Consejo Técnico tendrá las atribuciones siguientes; [...]
XIII. Conceder a derechohabientes del régimen, en casos excepcionales y previo el estudio socioeconómico respectivo, el disfrute de prestaciones médicas y económicas previstas por esta Ley, cuando no esté plenamente cumplido algún requisito legal y el otorgamiento del beneficio sea evidentemente justo o equitativo; [...]
Artículo 286 L. El Instituto, para lograr la mejor aplicación de las facultades contenidas en esta Ley, así como de las facultades que las demás leyes o reglamentos le confieran, recibirá las promociones o solicitudes que los particulares presenten por escrito, sin perjuicio de que dichos documentos puedan presentarse a través de medios de comunicación electrónicos, magnéticos, digitales, ópticos, magneto ópticos o de cualquier otra naturaleza, para lo cual emplearán los medios de identificación correspondientes. El uso de dichos medios de comunicación, será optativo para cualquier interesado, pero al momento de hacer uso de los mismos en una promoción deberá continuar en esta forma la presentación de cualquier tipo de documento relacionado con dicha promoción. Los documentos presentados por los medios a que se refiere este Capítulo producirán los mismos efectos legales que los documentos firmados autógrafamente y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorguen a éstos. Asimismo, la clave de identificación personal correspondiente a los registros efectuados en el expediente clínico, que se señala en el artículo 111 A de esta Ley, producirá los mismos efectos legales a que se refiere el párrafo anterior. En estos casos, el Instituto al recibir una promoción o solicitud dará por acreditada la identidad o existencia del promovente y, en su caso, las facultades de su representante, siempre y cuando la documentación requerida para este fin corresponda con la que se hubiere presentado por el particular para obtener su certificado de firma electrónica, por lo que se abstendrá, en su caso, de solicitar dicha documentación como requisito en el procedimiento administrativo de que se trate.
Artículo 294. Cuando los patrones y demás sujetos obligados, así como los asegurados o sus beneficiarios consideren impugnable algún acto definitivo del Instituto, podrán recurrir en inconformidad, en la forma y términos que establezca el reglamento, o bien proceder en los términos del artículo siguiente. Las resoluciones, acuerdos o liquidaciones del Instituto que no hubiesen sido impugnados en la forma y términos que señale el reglamento correspondiente, se entenderán consentidos.
Artículo 295. Las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que esta Ley otorga, deberán tramitarse ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en tanto que las que se presenten entre el Instituto y los patrones y demás sujetos obligados, se tramitarán ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Artículo 296. Los derechohabientes podrán interponer ante el Instituto queja administrativa, la cual tendrá la finalidad de conocer las insatisfacciones de los usuarios por actos u omisiones del personal institucional vinculados con la prestación de los servicios médicos, siempre que los mismos no constituyan un acto definitivo impugnable a través del recurso de inconformidad. El procedimiento administrativo de queja deberá agotarse previamente al conocimiento que deba tener otro órgano o autoridad de algún procedimiento administrativo, recurso o instancia jurisdiccional. La resolución de la queja se hará en los términos que establezca el instructivo respectivo.
8 comentarios:
Nunca vas a cambiar, de hecho estoy de acuerdo contigo en las primeras lineas de tu post
Si estás de acuerdo con las primeras líneas de mi post no entiendo por qué te tomaste la molestia de leer el resto: Sobre advertencia no hay engaño. Saludos, quien quiera que seas y ojalá nunca tengas una historia de horror que platicar sobre el Seguro Social.
Pues a ti te toco la de malas, como dicen por ahi: "Cada quien habla dependiendo de como le fue en la feria".
Pero lo que si es cierto, es que cuando estas incapacitado, es cuando tienes que andar "para arriba y para abajo" con muchos tramites
http://irwinglujan.blogspot.com/2007/10/historia-de-un-quiste.html
Creo que tienes razon en tu molestia por todo el camino burocratico que tuviste que seguir.
Sin embargo, me asalta una duda... porque no acudiste a consulta dos o tres dias despues de la curugia de vesicula? Eres como esas señoras que despues de un parto se ponen medias de lana y una toalla en la cabeza, no se bañan en un mes y ponen cara de afliccion perenne pues, si no lo haces, se te corta la leche o en tu caso, se te botan los puntos de sutura?
No se quien te haya operado que te dolia tanto no poder caminar a realizar el tramite al cual TU estabas obligado. Ni el imss ni nadie tiene la responsabilidad de avisar que te van a operar, o en caso de emergencia, que ye operaron.
Quiza vives solo en el mundo, sin amigos debido a tu blog, y esa sea la razon por la cual nadie puedo avisar que estabas hospitalizado.
Que pena.
Anónimo. Evidentemente no fui en los dos días que siguieron a mi operación porque no sabía que se supone que tenía que hacerlo. De haberlo sabido hubiera hecho caso omiso de la instrucción expresa de mi cirujano de procurar guardar reposo durante una semana, evitando estar parado mucho tiempo y me hubiera ido a tramitar este asunto.
En efecto, el IMSS no tiene la obligación de avisar que me van a operar, pero es una CHINGADERA que sea mi obligación ir a tramitar esto personalmente, INMEDIATAMENTE DESPUÉS de una intervención quirúrgica. Por supuesto que tengo familia y amigos, pero el trámite se tiene que realizar PERSONALMENTE. ¿En qué le afecta al Seguro Social que vayas a reportar tu operación UNA SEMANA después? Si tengo la historia clínica, las marcas de los puntos, los estudios que se hicieron, ¿por qué esa ventana tan reducida de 72 horas? Evidentemente, para NO PAGAR ausencias por incapacidad.
Sin embargo, para lo que les conviene sí se toman su tiempo. Esta misma semana, una persona que conozco se detectó una bolita en el seno. Inmediatamente fue al Seguro Social y al confirmar el hecho le dieron una cita para hacerle una biopsia... para la segunda semana de marzo de 2010. Por si las dudas, en caso de que resulte ser Cáncer, también apartaron el quirófano: la fecha de operación le tocaría en Agosto.
Evidentemente, los mandó a la chingada, fue a un hospital privado, le hicieron la biopsia y resultó ser un quiste benigno que le será extraido la próxima semana. Si hubiera sido Cáncer, ese mismo día la hubieran operado.
Pero en fin... a toda capillita le llega su fiestecita y así como le dieron aire a los del Sindicato de Electricistas, próximamente le llegará su turno a todos esos burócratas indolentes del IMSS que tan sólo se dedican a llenar crucigramas, dejando únicamente a los médicos y enfermeros que de verdad tienen vocación de servicio.
Cuando te pregunté si no tenías amigos o familia, básicamente intenté decirte (sin decirlo) que, alguien puede acudir a tu clínica de adscripción, solicitar una consulta a domicilio (a los medicos familiares se les otorga UNA HORA para estos efectos) y éste al verificar tu cirugía e incapacidad para acudir a la consulta, te expide el documento necesario. Esto pudo realizarse tambien mientras estabas hospitalizado.
Lo más extralo de todo, es que ninguno de los médicos en el hospital privado te lo haya comentado o aconsejado, pues, si investigas, te aseguro que el 100% de ellos, o trabajan aún en el imss o por lo menos hicieron parte de su formación profesional alli mismo.
No solamente es tu caso, casi la totalidad de la población derechohabient no tiene conocimiento de los derechos a los que tiene acceso en el imss.
Por otra parte, es lamentable el tiempo en que se difieren procedimientos en el imss, no hay excusa posible, sin embargo, sabias que a cada medico de 1er contacto (medico familiar), le deberian tocar como maximo 1500 derechohabientes, y en realidad atienden algo asi como 3000?
Esa es la razon por la cual NO es posible la atención expedita de todos los casos.
Te repito: No hay medicos suficientes, ni hospitales ni material pa llevar a cabo un trabajo digno.
Un medico en el servicio de urgencias del imss, atiende a un promedio de 60 pacientes en un turno nocturno, por mas amable que empiece la jornada, te imaginas las ganas, el cansancio, el mal genio que debe tener a eso de las 5 o 6 de la mañana?
Te imaginas la cara del médico que pasó entre 3 y 4 años despues de acabar la licenciatura, realizando una especialidad al fin de la quincena de ver su cheque por la fabulosa cantidad de 12 mil pesos? (eso solo es la mitad de lo que te cobró tu cirujano en el medio privado por una cirugia que duró a lo mucho una hora).
En fin, quien no esté agusto trabajando en el imss por ese salario y con esa carga de trabajo, que se largue... si, es facil decirlo, es facil juzgarlo.
Día a día escucho y leo comentarios, de lo mal que estan los servicios de salud en México, de lo crueles, despotas y prepotentes que son medicos y enfermeras. Me pregunto, por qué nunca escuchamos comentarios favorables de aquellos que se rifan su propia salud en pro de cuidar la de alguien a quien ni siquiera conocen?
Es culpa de nuestros gobiernos?, es culpa de nuestra propia personalidad mexicana tan antigua, tan nuestra, tan...
No sé amigo, de verdad lamento todo lo que has tenido que pasar, pero, créeme que hay gente que la ha pasado peor, tambien créeme que hay médicos y enfermeras (la gran mayoría) que hacen su trabajo a tope en esfuerzo y ganas porque en verdad creen que algun día todo mejorará.
Te mando un saludo
Yo estoy consciente de que hay muy buenos médicos, enfermeros, laboratoristas, etc., en el Seguro Social. Una vecina era enfermera en el hospital de Traumatología y me consta su gran capacidad.
Desafortunadamente también hay muchos aviadores y gente sin vocación que lo único que hace es resolver crucigramas y divertirse haciendo enojar a la gente. Ir a urgencias en una clínica familiar del IMSS es como jugar a la ruleta rusa: te doy dos ejemplos de la sala de urgencias de una misma clínica.
Un amigo fue mordido por un perro y llegó a urgencias con el dedo en una hielera. Inmediatamente lo metieron a cirugía y no sólo le salvaron el dedo, sino que prácticamente no se le nota ninguna marca.
En la misma clínica, una amiga embarazada fue de emergencia porque tenía un fuerte dolor abdominal. La pasaron a urgencias, pero como no había camas la sentaron en una silla y la ignoraron durante dos horas "porque no se quejaba". Cuando se dieron cuenta de que no estaba dormida, sino desmayada y sentada en un charco de sangre ya era demasiado tarde: perdió su bebé sin que le brindaran ninguna atención médica.
Médicos como el primero merecen un monumento. Médicos como los segundos merecen ir a la cárcel por negligencia.
Desgraciadamente, la mayoría de los buenos médicos a la primera oportunidad ponen su consulta privada, precisamente por los problemas salariales que comentas. La mayoría de los malos médicos jamás sale del Seguro Social.
Desde tu perspectiva, tienes razón en todo lo que reclamas y ventilas en tu blog.
Has tratado de ser un poco empático con el personal del imss, ssa, issste o cualquier unidad del sector salud?
Imaginate que eres medico en una sala de emergencias, tienes 30 camas, todas llenas con pacientes que ameritan observación o estan en espera de entrar a un quirófano que se encuentra congestionado. Afuera, en la sala de espera hay 300 pacientes gritando, insultando, exigiendo se les atienda antes que a nadie.
Imaginate que te llega un paciente con mucho dolor y quien en verdad es tributario de hospitalización. Que... en ese instante le dices a el señor de la cama 10 "TaYo, se tiene que levantar e irse porque vamos a ocupar su camilla"?
Eres la recepcionista de la misma sala y que le dices al señor que te grita insultos pues segun él su hijo que tiene fiebre de 4 dias merece pasar antes que todos los que estan ahi?
Imaginate que eres un enfermero en una sala con 30 encamados, todos con soluciones intravenosas, enemas pendientes, medicamentos, hasta apapachos se te exigen, y el medico de la sala de curaciones te grita pues necesita que le ayudes a reducir una fractura o a suturar a un birracho que no se deja atender... que haces?, te multiplicas en tres?, ok... no dudo que se pueda hacer (ELLAS LO HACEN TODOS LOS DIAS!!) pero, a las 5 de la mañana, se te acaban las ganas, el impetu, el gusto y el bonito caracter... a ti no?
No juzgues solo por lo que te platicó el vecino del amigo de tu sobrino, o por lo que viste en el noticiero de López Doriga, créeme, amigo, intenta ser mas empático.
Más facil, un día, si conoces a alguien que trabaje en una sala de emergencias del imss, dile que te lleve solo a UNA guardia, solo una, quizá entonces entenderás de lo que hablo.
El día que nuestro sistema de gobierno, nuestra idiosincracia, nuestra cobardia para no exigir, sino para realizar cambios en este pais, entonces quizá las quejas disminuyan.
Alguna vez me tocó visitar una sala de emergencias en uno de los mejores hospitales en Houston, el tiempo de espera para atención es de 3 horas... no estamos tan mal, o si?
Me tocó ver una consulta por un "intestinal flu" (diarre simple), luego de una hora, la cuenta era de 1500 dolares...
Viste las diferencias?
Tratemos de mejorar en todo, el criticar sin bases no nos ayuda a nadie.
Algo debe haber por ahi que nos haga funcionar a todos.
Saludos.
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