
La Ley General para el Control del Tabaco siempre me ha parecido que debería llamarse ley de "Nomás por Chingar". Casi es el equivalente legal de meterle a alguien la mano en agua caliente mientras duerme para que se orine en la cama. Es que con el pretexto de reducir las enfermedades relacionadas con el tabaco se ha llegado a extremos francamente ridículos diseñados para causar molestias y discriminación en los fumadores con la esperanza de desalentar el consumo de cigarros.
Primero se fueron contra todos los espacios públicos, obligándolos a modificar sus locales y oficinas para que los fumadores y los no fumadores no se revuelvan. Pero me acabo de enterar que las autoridades andan dándose vuelo últimamente con el artículo 16 de dicha ley, que prohíbe:
En las máquinas expendedoras se retiraron desde hace tiempo los cigarros. Al parecer, la comida chatarra saturada de grasas, sales o azúcares no genera problemas de salud pública porque esos no tienen ninguna restricción para su venta, incluso a menores de edad. Los fumadores de todas formas van a ir a comprar sus cigarros en una tienda, así que el objetivo de esta medida es claro: obligarlos a ir hasta la tienda por cigarros. Nomás por chingar.
En los supermercados también se retiraron de la vista los paquetes de cigarros. Pero en la caja cualquiera puede comprar desde una cajetilla hasta varios paquetes, así que el objetivo de la medida no es para proteger a los no fumadores sino para causar molestia entre los fumadores. Nomás por chingar.
Ahora están hostigando a los dueños de estanquillos y puestos de periódicos que tienen la osadía de vender cigarros sueltos, como si fueran narcomenudistas. Es que la ley pretende que los fumadores dejen de fumar obligándolos a comprar cajetillas completas. A mí me parece como querer reducir el consumo de alcohol obligando a las tienditas a vender cerveza sólo en 12-packs. El objetivo de este inciso también es claro: obligar a los fumadores a tener que comprar una cajetilla completa en lugar de un cigarro suelto. O sea, nuevamente: nomás por chingar.
La última lindeza es que obligaron a los supermercados que tienen venta por internet retirar los cigarros de su catálogo, pero la venta de vinos y licores a través de esas mismas páginas no parece generarles ningún conflicto. Moraleja: si piensas dar una fiesta puedes pedir lo que quieras a través de internet, pero alguien tiene que ir a pie a comprar los cigarros. Nomás por chingar.
A este paso, si siguen al pie de la letra este inciso de la ley, no tardan en prohibir películas que muestren vaqueros, botas o camellos en televisión. Y por supuesto, también el film "The Magnificent Seven" de 1960, grabado en los Estudios Churubusco de la Ciudad de México, debe estar terminantemente prohibido. Pero no es porque narra la historia de un pueblo mexicano que decide tomar justicia por su propia mano contratando a 7 pistoleros para defenderse, sino por el tema musical de la película. Nomás por chingar.
Por cierto, recuerda: Nueva Alianza impulsó la Ley Antitabaco. Si crees que este tipo de medidas no te afectan o hasta las aplaudes por que no eres fumador, piénsalo dos veces: si quieres que te sigan tratando como menor de edad prohibiéndote el consumo de bebidas alcohólicas en los bares, el consumo de café en las cafeterías y el uso de sal, azúcar, catsup, mayonesas, harinas refinadas, chiles, aceites, grasas y carnes rojas en los restaurantes, con el pretexto de "cuidar tu salud", sigue votando por ellos. ¿No me crees? Intenta conseguir una malteada en un McDonald's.
I. Comerciar, vender, distribuir o suministrar cigarrillos por unidad o en empaques, que contengan menos de catorce o más de veinticinco unidades, o tabaco picado en bolsas de menos de diez gramos;
II. Colocar los cigarrillos en sitios que le permitan al consumidor tomarlos directamente;
III. Comerciar, vender, distribuir o exhibir cualquier producto del tabaco a través de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras;
IV. Comerciar, vender o distribuir al consumidor final cualquier producto del tabaco por teléfono, correo, internet o cualquier otro medio de comunicación;
V. Distribuir gratuitamente productos del tabaco al público en general y/o con fines de promoción, y
VI. Comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir cualquier objeto que no sea un producto del tabaco, que contenga alguno de los elementos de la marca o cualquier tipo de diseño o señal auditiva que lo identifique con productos del tabaco.
En las máquinas expendedoras se retiraron desde hace tiempo los cigarros. Al parecer, la comida chatarra saturada de grasas, sales o azúcares no genera problemas de salud pública porque esos no tienen ninguna restricción para su venta, incluso a menores de edad. Los fumadores de todas formas van a ir a comprar sus cigarros en una tienda, así que el objetivo de esta medida es claro: obligarlos a ir hasta la tienda por cigarros. Nomás por chingar.
En los supermercados también se retiraron de la vista los paquetes de cigarros. Pero en la caja cualquiera puede comprar desde una cajetilla hasta varios paquetes, así que el objetivo de la medida no es para proteger a los no fumadores sino para causar molestia entre los fumadores. Nomás por chingar.
Ahora están hostigando a los dueños de estanquillos y puestos de periódicos que tienen la osadía de vender cigarros sueltos, como si fueran narcomenudistas. Es que la ley pretende que los fumadores dejen de fumar obligándolos a comprar cajetillas completas. A mí me parece como querer reducir el consumo de alcohol obligando a las tienditas a vender cerveza sólo en 12-packs. El objetivo de este inciso también es claro: obligar a los fumadores a tener que comprar una cajetilla completa en lugar de un cigarro suelto. O sea, nuevamente: nomás por chingar.
La última lindeza es que obligaron a los supermercados que tienen venta por internet retirar los cigarros de su catálogo, pero la venta de vinos y licores a través de esas mismas páginas no parece generarles ningún conflicto. Moraleja: si piensas dar una fiesta puedes pedir lo que quieras a través de internet, pero alguien tiene que ir a pie a comprar los cigarros. Nomás por chingar.
A este paso, si siguen al pie de la letra este inciso de la ley, no tardan en prohibir películas que muestren vaqueros, botas o camellos en televisión. Y por supuesto, también el film "The Magnificent Seven" de 1960, grabado en los Estudios Churubusco de la Ciudad de México, debe estar terminantemente prohibido. Pero no es porque narra la historia de un pueblo mexicano que decide tomar justicia por su propia mano contratando a 7 pistoleros para defenderse, sino por el tema musical de la película. Nomás por chingar.
Por cierto, recuerda: Nueva Alianza impulsó la Ley Antitabaco. Si crees que este tipo de medidas no te afectan o hasta las aplaudes por que no eres fumador, piénsalo dos veces: si quieres que te sigan tratando como menor de edad prohibiéndote el consumo de bebidas alcohólicas en los bares, el consumo de café en las cafeterías y el uso de sal, azúcar, catsup, mayonesas, harinas refinadas, chiles, aceites, grasas y carnes rojas en los restaurantes, con el pretexto de "cuidar tu salud", sigue votando por ellos. ¿No me crees? Intenta conseguir una malteada en un McDonald's.
1 comentario:
vaya!! hasta que alguien dice algo inteligente...
de todos modos en los antros se sigue fumando... que por supuesto todo es "clandestino"... y para buen ejemplo del pueblo mexicano, los que más fuman son los que nos representan...
el que quiera fumar que fume, al que no le guste que se haga a un lado (:!
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